La desescalada en la agroalimentación y la restauración. Fechas y claves

Será a partir del 11 de mayo cuando se podrán abrir mercadillos o terrazas. A partir del 25 de mayo llega la caza y desde el 8 de junio podrán abrir barras de bares… todo esto por provincias y en función de cumplir indicados epidemiológicos o estrictos requisitos.

El Gobierno pretende llegar a la “nueva normalidad” y para ello ha diseñado un plan de desescalada, que comprende cuatro fases, y que  afectan también a la actividad del sector agroalimentario en toda su cadena de valor, desde la producción agraria, pasando por la caza y llegando a la restauración.

Ayer el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, presentaba un plan, que incluye cuatro fases, cuya duración es de dos semana por fase, y que se llevarán a cabo por provincias, según vayan cumpliendo con indicadores epidemiológicos y capacidades sanitarias, de movilidad y económico-sociales.

-Fase 0 (hasta el 11 de mayo): Apertura de restaurantes y cafeterías con entrega para llevar, pero sin consumo en el local.

-Fase 1 (11-25 de mayo, en el mejor de los casos): Podrán comenzar a abrir mercadillos al aire libre (mercado ambulante), muchos de ellos con venta de productos alimentarios como frutas y hortalizas. Su reapertura tendrá que ser permitida por cada ayuntamiento y tendrán una limitación inicial al 25 % de los puestos habituales o aumento de superficie para asegurar el mantenimiento de distancia de seguridad entre los puestos y el público.

La restauración podrá abrir sus terrazas, pero se limitará al 30 % de las mesas permitidas en años anteriores según la licencia municipal y asegurando distancias; podrían tener mayor número de mesas si el ayuntamiento permite más espacio, respetando la proporción mesas/superficie de ese 30 % y con un incremento proporcional de espacio peatonal en el mismo tramo de la vía.

También en esta fase se procede a la apertura de actividades del sector agroalimentario y pesquero que mantenían restricciones, si bien no han sido especificadas.

Se da luz verde al turismo activo y de naturaleza para grupos limitados de personas.

-Fase 2 (25 mayo-8 de junio, de ser posible): Se amplía el número de puestos que pueden operar en los mercadillos al aire libre a 1/3 parte de los habituales, o distancia de separación similar con aumento de superficie.

Se permite el consumo dentro de cafeterías, restaurantes y hostelería, pero sólo para ser servidos en mesa (no barra) y con garantía de separación entre clientes y mesas, excepto discotecas y bares nocturnos, y con un aforo al 33 %.

Reanudación de la caza y la pesca deportiva.

El turismo activo y de naturaleza ya se puede ampliar a grupos más numerosos.

-Fase 3 (8 junio-22 de junio, si es factible): Los mercados ambulantes pueden incrementar su actividad hasta el 50 % de los puestos o aumento de superficie que permita una separación similar, a criterio de los ayuntamientos, que deben garantizar la distancia de seguridad de dos metros entre las personas.

El interior de los bares, restaurantes y cafeterías ya podrán acoger al 50 % de su aforo máximo e incluso se permite gente de pie (barra) con una separación mínima de 1,5 metros entre los clientes de la barra.

En terrazas, se limitará al 50 % de las mesas permitidas en años anteriores y cada ayuntamiento puede conceder más espacio siempre respetando esas proporciones. Las discotecas y los bares nocturnos tendrán un aforo máximo del 33 %.

Apertura de plazas, recintos e instalaciones taurinas, con una limitación de aforo que garantice una persona por cada nueve metros cuadrados.

Se permite sin restricciones el turismo activo y de naturaleza.

  -Nueva normalidad (a partir del 22 de junio, en el mejor de los casos): Terminan las restricciones sociales y económicas, pero se mantiene la vigilancia epidemiológica, la capacidad reforzada del sistema sanitario y la autoprotección de la ciudadanía.

**Aspectos como la ocupación de vehículos privados, interesantes para los jornaleros que tienen que trasladarse a las fincas, no quedan especificados en los anexos del plan; tan sólo se hace una referencia en la fase I en la que se indica la limitación de ocupación de los coches privados, salvo en personas que residan en el mismo domicilio que podrían ir juntos.

Fuente. EFEAGRO